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Los primeros reconocimientos en Extremadura a la innovación en Gestión de Personas

Lanzamos el Premio Liderazgo & Innovación a la Gestión de Personas en Extremadura Desde la Asociación CENTRHO de AEDIPE queremos reconocer el talento de los profesionales de Recursos Humanos y de Gestión de Personas, y visibilizar las prácticas más renovadoras puestas en marcha en las organizaciones de la región, cuya implantación supone un desarrollo social que impulsa el desarrollo económico. El Premio, único en Extremadura, cuenta con la colaboración y el reconocimiento institucional de la Junta de Extremadura y las Cámaras de Comercio de Cáceres y de Badajoz. Además, está alineado con la estrategia de La Sociedad del Aprendizaje de Extremadura, en su compromiso por fomentar la cultura del aprendizaje y el conocimiento continuo en todos los ámbitos de la sociedad. El plazo para enviar candidaturas era del 4 de mayo al 15 de julio. Esta iniciativa se orienta a organizaciones que hayan desarrollado iniciativas dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que, por tanto, afecten a empleados extremeños. Para determinar las mejores candidaturas, el jurado tendrá en cuenta 4 valores: Responsabilidad: prácticas basadas en los principios de diversidad, desarrollo profesional y personal, igualdad, equidad, respeto, sostenibilidad y responsabilidad social. Sostenibilidad: iniciativas con un impacto positivo y efectivo en el rendimiento de la organización. Liderazgo: políticas que establecen un modelo a seguir, aplicable a otras y referente en la gestión de personas. Innovación: proyectos que cuenten con un diseño, una aplicación o una repercusión innovadora. Del 15 de julio al 15 de octubre, el jurado evaluará las candidaturas recibidas y deliberará para seleccionar las 3 finalistas. Este órgano estará compuesto por asociados de CENTRHO. Tras esta primera clasificación, el jurado presentará los tres proyectos

Acuerdo LHH y CENTRHO

LHH es innovación, gestión del cambio, talento, desarrollo y, en virtud de aportar su valor como consultora líder en el mundo de los Recursos Humanos, ha encontrado en CENTRHO un socio estratégico para llevar a cabo parte de su cometido. Por este motivo y para compartir su visión y compromiso, anuncia su acuerdo de colaboración con nosotros. Esta decisión nace con la idea de colaborar en ambas direcciones; LHH ofrece todos los recursos, el conocimiento y la experiencia a nivel mundial en acompañamiento a personas y organizaciones en sus procesos de cambio y transformación, y CENTRHO todo el potencial que puede llegar a aportar un amplio grupo de profesionales en el ámbito de la gestión de recursos humanos, la gestión del cambio, el talento y el liderazgo. La unión de ambas fuerzas ofrece al mundo de RRHH un intercambio de contenido, actividades, eventos y mejores prácticas alineadas con los intereses e inquietudes de todos los profesionales que se dedican a esta área de negocio. "Estamos convencidos de que esta unión va a estar a la altura y expectativas de todos, comprometiéndonos a seguir innovando, reflexionando y avanzando juntos en una misma dirección y poniendo a disposición todos nuestros recursos" han mencionado desde LHH. Más información aquí.

Declaración institucional sobre el acuerdo para la derogación de la reforma laboral

Desde la asociación CENTRHO de Aedipe queremos manifestar nuestro rechazo al acuerdo firmado el 21 de mayo por PSOE, Unidas Podemos y Euskal Herria Bildu, para derogar de manera íntegra la reforma laboral de 2012. El Gobierno de España tiene la responsabilidad de liderar la reactivación de la economía, que ha sido seriamente dañada por el efecto del COVID-19 y, para ello, debe establecer un diálogo constructivo y transparente que permita consensuar entre todos los agentes sociales, las medidas más apropiadas para salir de esta crisis. Dada su trascendencia, un acuerdo de estas características debería contar con un amplio respaldo de los partidos representados en el Parlamento y los gestos de unilateralidad de que da cuenta el Gobierno, además de desoír las advertencias de la Comisión Europea, ponen en serio riesgo la recuperación del tejido productivo y generan una alarmante incertidumbre en los mercados, en un momento crítico que exige medidas urgentes y una visión de Estado que esté a la altura de las circunstancias. El empleo constituye la principal preocupación de los españoles en estos momentos y el papel de la empresa privada en su activación resulta decisivo. Para lograrlo, es necesario contar con un marco jurídico estable en el que se alineen todos los interlocutores. El acuerdo firmado desprecia el importante papel que deben jugar los agentes sociales y dificulta, en gran medida, la búsqueda de consensos que ayuden en la recuperación económica de nuestro país. Desde AEDIPE solicitamos al Gobierno que rectifique este acuerdo y convoque de forma inmediata a todos los agentes sociales para explicar su posición y sus planes de reactivación del empleo. Fdo. Asociación CENTRHO AEDIPE Puedes acceder a la declaración oficial pulsando aquí.

Estrategias para la gestión de la Propuesta de Valor del Empleado después del COVID-19

Por Carlos Delgado Planás, Presidente y CEO de Compensa Capital Humano. Como consecuencia del COVID-19, todas las empresas nos hemos visto obligadas a tomar medidas para garantizar un triple objetivo: en primer lugar, garantizar la seguridad de nuestros profesionales y sus familias; al mismo tiempo, asegurar tanto la continuidad en la prestación del servicio a nuestros clientes como la sostenibilidad del conjunto del negocio a corto y medio plazo; e introduciendo nuevas medidas que permitan compatibilizar todo lo anterior con las obligaciones personales y familiares de los empleados. Y todo ello, en un tiempo récord y para un inusual largo período de tiempo. Las primeras acciones que han tomado muchas empresas, de orden táctico, en el ámbito de la retribución dineraria han sido: medidas para la desvinculación total o parcial de los empleados, ajustes en la compensación (reducciones salariales, absorciones, incrementos más bajos, congelación subidas) y arreglos en la retribución de variables a corto y largo e incentivos (cancelaciones, aplazamientos, modificación y calibración de métricas y cuantías, etc.). En el ámbito de los beneficios sociales, ajustes en las peticiones de los empleados en relación con los vales de comida, tarjetas de transporte, servicios de guarderías y la inclusión de nuevos productos antes no tan sensibles, como los seguros de vida e invalidez. Con esta situación, hemos podido comprobar una vez más que los modelos retributivos basados en una compensación dineraria y un escaso paquete de beneficios homogéneos para todos los profesionales son incapaces de hacer frente a este nuevo reto. Tenemos que hablar de Compensación Total: todo aquello que un empleado, o candidato a serlo, percibe como contraprestación a su decisión de trabajar en una empresa. Está formada por la retribución dineraria, los beneficios

EL PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE (PRR)

Por Iñigo Sagardoy de Simón, Socio, Sagardoy Abogados. El reciente Real Decreto Ley (RDL) 10/2020 de 29 de marzo, crea un régimen propio, extraordinario y novedoso de un llamado Permiso Retribuido Recuperable (PRR) derivado del estado de alarma originado por el impacto de la pandemia del coronavirus en nuestro país. Lo primero que conviene señalar es que esta norma extraordinaria delimita su ámbito de aplicación a las empresas, de los sectores privado o público, que no prestan servicios esenciales, entendiendo por tales los que prestan las empresas incluidas en los 25 apartados del Anexo y, en su caso, las que se consideren como tales, posteriormente, por orden del Ministro de Sanidad (art. 5 del RDL 10/20). Es decir que las empresas afectadas por la norma, y obligadas a paralizar su actividad, y a conceder a sus trabajadores por cuenta ajena el PRR, se delimitan inicialmente por exclusión, siendo todas aquellas que no se puedan encuadrar en ninguno de los 25 apartados del Anexo o en su ampliación posterior. Además de los trabajadores excluidos del PRR, por su actividad o función, se excluye también a cuatro tipos de trabajadores por cuenta ajena: Primero. -A los trabajadores contratados por empresas que hayan solicitado o estén aplicando un ERTE. En ambos supuestos el trabajador recibe una renta, los primeros en forma de salario abonado por la empresa que haya paralizado su actividad y en el segundo en forma de prestación de desempleo. No obstante, el efecto de esa desigualdad cuantitativamente relevante, se relativiza dado el cortísimo plazo legal establecido para que un ERTE pueda considerarse estimado (5 días hábiles) y el también corto periodo de aplicación de esta nueva institución laboral (8 días hábiles), excepto las prórrogas